Adecuamos tu establecimiento de hostelería o minorista de alimentación a la normativa sobre alérgenos contemplada en el Reglamento europeo 1169/2011, y en el R.D. 126/2015 que regulan la información alimentaria que estos establecimientos deben facilitar obligatoriamente a los consumidores que lo soliciten, informándoles del contenido en alérgenos e intolerancias de cada uno de sus alimentos, para evitar posibles afecciones a personas alérgicas.
De esta manera reducirás al mínimo el riesgo de afección a los clientes, superarás con éxito las inspecciones de los servicios de Sanidad, evitarás imposición de sanciones administrativas y penales e implementarás correctamente todas las medidas previstas en la legislación correspondiente, para minimizar los riegos empresariales.
Ponte en contacto con nosotros y te informaremos sin ningún tipo de compromiso.
Nuestro plan de control de alérgenos contempla los siguientes trabajos:
- Preparación y rotulación de Carteles informativos obligatorios.
- Análisis de los platos o productos para la identificación de alérgenos y sustancias que producen intolerancias alimentarias.
- Adaptación de cartas de platos, menús y/o etiquetas identificativas, incluyendo información sobre ingredientes y sustancias que causan alergias e intolerancias alimentarias de declaración obligatoria.
- Elaboración de fichas de productos e ingredientes de los platos elaborados, (de los ingredientes que es obligatorio declarar), que deben ser accesibles para las autoridades de control y para los consumidores que lo soliciten.
- Información básica sobre manipulación de productos con alérgenos.
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Incluye un curso a distancia y su correspondiente Certificado de Manipulación de alimentos gratuito
Mas información sobre la formación en manipulación de alimentos
El Reglamento Europeo 1169/2011 de información alimentaria al consumidor, (en vigor desde el pasado mes de diciembre de 2014), obliga a las empresas alimentarias a proporcionar determinada información a sus clientes. Este reglamento afecta a los siguientes establecimientos:
- Los que sirven comidas como bares, cafeterías, restaurantes o similares
- Los que venden alimentos sin envasar o envasados a petición del consumidor, como por ejemplo fiambres, panes, sándwiches, tartas, comidas preparadas u otros alimentos a granel
- Los que venden o suministran alimentos sin envasar a otros establecimientos como escuelas, hospitales, residencias de mayores, restaurantes, etc.
En este reglamento, la Unión Europea ha incluido una lista de 14 alérgenos, y la obligación para las empresas alimentarias de identificarlos en sus platos o productos sin envasar y declararlos al consumidor.
- Cereales que contengan gluten (trigo, centeno, cebada, avena, etc.)
- Frutos de cáscara (almendras, nueces, avellanas, anacardos, pistachos, etc.)
- Cacahuetes y productos a base de cacahuetes
- Altramuces y productos a base de altramuces
- Granos de sésamo y productos a base de granos de sésamo
- Soja y productos a base de soja
- Mostaza y productos derivados
- Apio y productos derivados
- Huevos y productos a base de huevo
- Leche y sus derivados
- Pescado y productos a base de pescado
- Moluscos y productos a base de moluscos
- Crustáceos y productos a base de crustáceos
- Dióxido de azufre y sulfitos, utilizados como antioxidantes y conservantes.